CRÉDITO DE CONSUMO
Por medio de esta operación PROSEGUIR SOLUCIONES DE LIQUIDEZ S.A.S. le otorga a las personas naturales crédito para libre destinación
Documentación Solicitante y codeudor
1. Solicitud de crédito diligenciada y firmada
2. Fotocopia cédula de ciudadanía o Rut.
3. Fotocopia de la declaración de renta de los últimos dos años.
4. Constancia de ingresos mensuales o desprendibles de pago del último mes.
5. Extractos bancarios de los últimos 3 meses.
COMPRA DE TÍTULO VALOR
Es utilizado por PROSEGUIR SOLUCIONES DE LIQUIDEZ S.A.S. para financiar las necesidades de capital de trabajo de personas naturales o jurídicas; que desean hacer efectivos sus flujos de dinero, ya sean CDT´S o letras de cambio.
BENEFICIOS
– Liberar flujo de caja para ampliar su poder de negociación.
– Liquidez oportuna.
– Entrega de recursos en corto plazo.
TITULOS VALORES
En PROSEGUIR SOLUCIONES DE LIQUIDEZ S.A.S. se permite descontar flujos de dinero, ya sean:
– CDT´S (certificado de depósito)
– Letras de cambio
– Contratos
CARACTERÍSTICAS
El factor de descuento de los títulos valores, está determinado por el plazo al vencimiento que estos tengan:
– Monto mínimo por operación: 3 SMMLV, equivalente a $1.551.000.
– Acreditación y confirmación por parte una compañía avaladora.
– Existencia de una cesión de créditos del establecimiento de comercio afiliado a favor de Proseguir Soluciones de Liquidez S.A.S.
– Proseguir Soluciones de Liquidez S.A.S. se reserva el derecho a descontar las operaciones que no cumplan con las políticas definidas por la organización.
CESIÓN DE DERECHOS ECONÓMICOS DE CONTRATOS
Cesión de derechos económicos del contrato, y constancia de aceptación por parte de la entidad contratante.
Documentación requerida:
PERSONA NATURAL:
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía
- Fotocopia de la declaración de renta de los dos últimos años
- Fotocopia de ingresos mensuales o desprendibles de pago del último mes.
PERSONA JURIDICA:
- Fotocopia de NIT o RUT
- Fotocopia de cédula de ciudadanía del representante legal
- Certificado de Cámara de Comercio no mayor de 30 días.
- Fotocopia de la declaración de renta de los dos últimos años.
- Estados financieros de los dos últimos años y del último trimestre del año en curso con sus notas respectivas